Consejo de salud Departamento de Salud de Vinaròs

El Consejo de Salud es el órgano colegiado de participación comunitaria para la consulta y seguimiento de la gestión del Departamento de Salud de Vinaròs, el cual quedará adscrito a la secretaría autonómica competente en materia de sanidad y ejercerá sus funciones con autonomía orgánica y funcional.

Este órgano se rige en cuanto a su organización y funcionamiento por la Ley 10/2014, de 29 de diciembre de la Generalitat, de Salud de la Comunidad Valenciana y por lo previsto en el Decreto 79/2015, del Consell, por el que se regula el Consejo de Salud de la Comunidad Valenciana y los consejos de salud de los departamentos de salud. 

Además, se encarga de difundir información de ámbito sanitario de interés para el colectivo de entidades representadas, de conocer el plan de salud del departamento y aprobar, en su caso, un reglamento de funcionamiento interno.

COMPOSICIÓN: 

El consejo de salud del departamento lo componen 15  miembros, entre los que se encuentran representantes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, representantes de los ayuntamientos del Departamento, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, así como las organizaciones de consumidores, usuarios y vecinos y los colegios profesionales y asociaciones de pacientes.

La persona titular de la Conselleria de Sanitad Universal y Salud Pública nombrará y cesará a los miembros de los consejos de salud de los departamentos de salud por un periodo máximo de cuatro años, pudiendo ser designados nuevamente para otros períodos.

FUNCIONES:

  • Promover la participación ciudadana en el departamento de salud.
  • Formular propuestas destinadas a mejorar el sistema sanitario en el ámbito del departamento de salud.
  • Trasladar las iniciativas y demandas sanitarias emanadas de los distintos sectores y colectivos sociales.
  • Difundir información de ámbito sanitario de interés para el colectivo de entidades representadas en el consejo de salud.
  • Conocer el plan de salud del departamento de salud.
  • Aprobar si es el caso, su reglamento de funcionamiento interno.
  • Cualquier otra función que se le atribuya legalmente o reglamentariamente.

CONTACTO: 

consejosalud_hcvin@gva.es

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